¿Por qué un tribunal tumbó el decreto con el que el alcalde Fico prohibió el consumo de drogas en parques de Medellín?


Ciudad Sur

Medellín / diciembre 9, 2025

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El 17 de enero de 2024, dos semanas después de haber llegado a la alcaldía, Federico Gutiérrez presentó el decreto 0044, junto con la Policía Metropolitana y varios secretarios de su gabinete, con el que se prohibía el consumo de sustancias alucinógenas en parques públicos, así como cerca de instituciones educativas de la ciudad en un perímetro de 100 metros.

El objetivo del documento, según explicó en aquel entonces, era proteger a la niñez y evitar que esta población fuera víctima del expendio y consumo de estas sustancias. Aunque la medida fue aplaudida por padres de familia y varios sectores de la ciudad, el abogado Alberto Náder Galeano, demandó el el decreto y solicitó su nulidad.

El argumento de Galeano se sustento que el alcalde Gutiérrez se habría extralimitado de su potestad con la expedición del decreto, al señalar que el mandatario local no contaba con las competencias para imponer restricciones generales al consumo de sustancias psicoactivas y que esto le correspondía era al Concejo de Medellín.

Sentenció que con el Decreto 0044 Se vulneraron derechos fundamentales de los ciudadanos por cuanto el acto restringió el consumo de sustancias psicoactivas bajo condiciones irrazonables y desproporcionadas que implican una prohibición total de la conducta en el ámbito público”.

Por su parte, la Alcaldía de Medellín defendió la medida asegurando que lo hizo velando por el bienestar común, especialmente por el de los niños. De hecho, un juez le dio la razón a la administración municipal en primera instancia, sin embargo el abogado apeló.

Ahora, en segunda instancia, el Tribunal Administrativo de Antioquia falló en favor de anular varios artículo del decreto, entre ellos en 5 y 8: “En algunas de sus disposiciones el alcalde del Distrito Especial de Medellín actuó con falta de competencia y falsa motivación por indebida motivación”. Además anuló la expresión: “Se restringe el consumo de sustancias psicoactivas, incluida la dosis personal“, contenida en el artículo 4.

Si bien el decreto continúa vigente, el fallo obliga a la Alcaldía de Medellín ajustar sus actuaciones policiales y pedagógicas al marco legal establecido por la Corte Constitucional, que no permite prohibiciones absolutas sobre la dosis personal en lugar públicos.

Foto: Henry Agudelo

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