¡Quédese en casa! Estas son las excepciones de la cuarentena total

La cuarentena total que rige hasta el próximo lunes a las 5 de la mañana en el Valle de Aburrá, Oriente y Occidente antioqueño, tiene 33 excepciones para la movilidad de personas que laboran en sectores prioritarios. Aquí les explicamos.
ABRIL 9| 2021
Un año después de la primera cuarentena por la vida en Antioquia, tres subregiones del departamento vuelven a vivir un fin de semana con restricciones totales debido al tercer pico de contagio de coronavirus. Precisamente este jueves 8 de abril se tuvo el registro de más pacientes nuevos en un solo día con 3.850 casos y 66 fallecimientos.
La cuarentena continua inició anoche a las 8 p.m. y se extenderá hasta el próximo lunes 12 de abril a las 5 de la mañana. La Gobernación de Antioquia publicó el decreto donde especifica las restricciones y da claridad sobre las excepciones. Aquí les explicamos las más relevantes:
EXCEPCIONES:
- El abastecimiento de productos de primera necesidad en mercados, abastos,
bodegas, supermercados y en establecimientos y locales comerciales, se realizará por una (1) persona del núcleo familiar de acuerdo al PICO Y CÉDULA; o mediante plataformas de comercio electrónico y/o domicilio. - Personas que tengan agendada la vacuna contra el COVlD-19, asistencia y
cuidado a niños, niñas, adolescentes, personas mayores 70 años, personas con
discapacidad, y enfermos con tratamientos especiales que requieran asistencia de
personal capacitado. Cuando una persona de las relacionadas deba salir de su
lugar de residencia o aislamiento, podrá hacerlo acompañado de una (1) persona
que le sirva de apoyo. - Establecimientos y locales gastronómicos únicamente mediante plataformas de comercio electrónico y/o por entrega a domicilio.
- Asistencia y prestación de servicios de salud.
- Por causa de fuerza mayor o caso fortuito.
- Las actividades relacionadas con servicios de emergencia, incluidas las
emergencias veterinarias. - Personal de la salud.
- La cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, transporte,
comercialización y distribución de productos de primera necesidad. - Solo una (1) persona por núcleo familiar podrá sacar a las mascotas o animales de compañía.
El decreto establece que las personas que desarrollen las actividades antes mencionadas deberán estar acreditadas e identificadas en el ejercicio de sus funciones o actividades.
NO ESTÁN EXCEPTUADOS