En Itagüí aún no se cumple el Acuerdo del Mínimo Vital al Agua
Aunque el 2 de agosto de 2013 el Concejo Municipal de Itagüí aprobó el Acuerdo 015 por medio del cual se establece la política integral del agua para el municipio llamada ‘Agua y participación ciudadana’, la comunidad ha expresado su descontento puesto que asegura que aún la Administración Municipal no pone en marcha lo establecido en el documento.
Con esta política pública, resultado de varios meses de trabajo de organizaciones sociales y la comunidad, se pretende garantizar el derecho al agua potable, su mínimo vital, el saneamiento básico, la conservación del patrimonio hídrico y el fortalecimiento y participación de comunidades organizadas que prestan servicios públicos a través de Juntas Administradoras, Juntas de Acción Comunal, Asociaciones de Acueductos comunitarios, entre otras.
Según el artículo 11 del acuerdo, se le dio a la Administración Municipal un periodo de tres meses para reglamentar y definir los mecanismos de seguimiento y control para su cumplimiento. Pero a día no se ha reglamentado, lo que desató el descontento de la comunidad.
El 13 de febrero de 2015, el líder comunitario Francisco Luis Cuartas y el concejal Gustavo Betancur interpusieron una acción de cumplimiento del Acuerdo ante la Oficina de Apoyo Judicial de los Juzgados Administrativos de Medellín.
Como respuesta, el Juzgado 22 Administrativo Oral de Medellín profirió la sentencia nº 18 del día 3 de marzo de 2015 donde exige que la Administración Municipal, en los 3 meses siguientes al fallo, proceda a reglamentar el Acuerdo. Incluso, el incumplimiento ha provocado protestas ciudadanas exigiendo no sólo el cumplimiento de la política pública sino que además se les instale los servicios públicos domiciliarios.
No tardó en llegar la Fuerza Pública cuando, en medio de la protesta, pedían dialogar con el alcalde Carlos Andrés Trujillo y en su lugar se estableció una mesa de diálogo con el Personero Municipal. El Municipio presentó un recurso de apelación ante el fallo del Juzgado basándose en los siguientes argumentos:
“La potestad de reglamentar el acuerdo es del Alcalde y puede encontrarse limitada por el contenido y la competencia de las normas reglamentadas….”El acuerdo privilegia la participación comunitaria y requiere conformar y articular espacios de participación. En el recurso presentado se asegura que la comunidad no respondió a la convocatoria para crear instancias de participación como la mesa técnica”.
Se agotan los tiempos
Dichos argumentos fueron rechazados por Gamalyel Ramírez, vocero de la Corporación Ambiental Casa de Todos, impulsora del Acuerdo, quien asegura que la Alcaldía nunca ha convocado de manera efectiva a la mesa técnica. “Nosotros hemos insistido en que se deben cumplir todos los puntos acordados y que se reglamente, según lo establecido, la mesa técnica y no por afán y cumplir”, explicó.
Ramírez lamentó que pese a labor adelantada con la comunidad del corregimiento El Manzanillo, “cerca de 7 mil familias no cuenten con el mínimo vital y el acceso digno al agua”. Una de las situaciones más críticas la sufren 600 hogares de la vereda La María, donde sus habitantes deben caminar a diario para recoger el agua proveniente de un nacimiento y almacenada en un tanque o cuando llegan los carros cisternas enviados por el Municipio.
“Parecemos pidiendo limosna, ya estamos cansados de esta situación. Por eso exigimos soluciones de fondo y no paños de agua tibia, por agua poca hay”, aseguró Silvia Yepes, líder comunitaria.
Por otra parte, el Plan de Ordenamiento Territorial del municipio establece que varias veredas como El Ajizal o Los Gómez, son zonas de alto riesgo. Según EPM estas veredas se encuentran desconectadas de los servicios públicos, es decir, no tienen agua ni luz eléctrica debido a que las zonas con restricciones, consideradas de alto riesgo o ubicadas en retiro de quebradas, no pueden ser atendidas mientras su estado no cambie en el POT.
El Jefe de Unidad de Distribución Sur de EPM, Carlos Mario Cadavid, le aseguró a CIUDAD SUR en el informe “En El Ajizal se vive en la penumbra” publicado en diciembre pasado que la entidad consideraba que el terreno sí es apto para la conexión de los servicios públicos, pero que respetan el concepto emitido en el POT del Municipio donde se considera zona de alto riesgo.
Según Eludis Hernández, líder comunitaria de El Ajizal, la situación no ha cambiado, afectando la calidad de vida de decenas de familias conformadas en su mayoría de niños. “A pesar de que pagamos impuesto predial no tenemos servicios públicos. No ha sido fácil. Es una zona muy alejada y ahora ya no contamos con servicios públicos, lo que hace más precaria la situación, tomamos agua contaminada, tenemos contadores provisionales y las casas que no los tienen cuentan con una instalación de luz pirata”, añade.
Sin embargo Lucas Alberto Espinosa, secretario (e) de Infraestructura, explicó que la problemática se agrava tras el crecimiento poblacional y las difíciles condiciones geográficas, por lo que aseguró que se adelantará un censo poblaciones y un estudio que determine las obras necesarias a ejecutar.
Este punto es el que genera el rechazo de las organizaciones sociales y el malestar de la comunidad, quienes aseguran que pese a que el Acuerdo fue aprobado hace dos años, aún no hay avances significativos, pese a que según la Alcaldía se han invertido más de 14.000 millones de pesos en la construcción, mejoramiento y mantenimiento de acueducto y alcantarillado del corregimiento.
“Actualmente estamos construyendo una planta en la vereda Loma de los Zuleta, donde el agua solo llegaba a ciertas horas y con poca presión, con lo que se le garantizará el vital líquido las 24 horas del día a 80 familias del sector”, explicó la Alcaldía.
Esta situación se vive en varias regiones del país vulnerando los derechos ciudadanos, por lo que la Corte Constitucional dictó sentencias como la T-270 de 2007 donde se prohíbe desconectar de los servicios públicos domiciliarios a personas en situación de vulnerabilidad; la T-546 de 2009 que prohíbe desconectar del agua potable a los hogares donde habiten menores de edad; laT-028/14 donde se protege el derecho al agua y T-312/12 que obliga a garantizar el mínimo vital de agua para toda la población.
Igualmente, la ONU reconoció el 28 de julio de 2010 el derecho al agua como un derecho humano. Es decir, la situación de Itagüí pasa entonces de ser un asunto local a ser una problemática mundial.
A día de hoy, el proceso continúa y se espera el fallo en segunda instancia tras la apelación realizada al fallo en primera instancia del Juzgado que se emitió a favor de los intereses de la comunidad solicitando el pronto cumplimiento del Acuerdo. El tiempo pasa y los plazos se agotan a escasos seis meses para finalizar esta Administración Municipal, por lo que los habitantes del corregimiento esperan por fin contar con el mínimo vital de agua.
Alejandra Echeverri- Manuela Gónima