Absuelven al expresidente del Concejo de Caldas y al Secretario de Desarrollo Económico en caso de presunta corrupción
El Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Caldas absolvió al concejal y expresidente del Concejo de Caldas, José David Rodríguez Molina (foto), al igual que al secretario de Desarrollo Económico de ese municipio, Juan Gabriel Vélez y a Alexandra López Noreña, quienes durante más de dos años enfrentaron un proceso penal por los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación en favor de terceros.
Los hechos investigados por la Fiscalía estaban relacionados con la firma y ejecución de dos contratos de prestación de servicios suscritos en 2022 por un valor superior a los 34 millones de pesos. Según el ente acusador, dichos contratos no habrían justificado su necesidad y presuntamente fraccionaban el objeto contractual, duplicando funciones que , a juicio de la Fiscalía, ya cumplían funcionarios de la Secretaría de Hacienda.
Los contratos, orientados a labores contables y administrativas para el concejo de Caldas, habrían sido utilizados, según la Fiscalía , para crear una nómina paralela y generar pagos sin sustento real. Durante el juicio, la Fiscalía insistió en que existió un acuerdo entre los procesados para simular la legalidad de las contrataciones y facilitar apropiaciones indebidas.
Con base a ese argumento , desde un principio se solicitó condena, argumentando que la prueba documental, los informes y testimonios demostraban falta de planeación, transparencia y responsabilidad.
Por su parte, las defensas sostuvieron que las contrataciones cumplían con lo dispuesto en el Decreto 182 de 2015 y que eran indispensables para el funcionamiento del Concejo. Afirmaron que la única funcionaria de planta no podía asumir las cargas contables y administrativas adicionales, situación que —respaldada por testimonios y peritazgos— demostraría la necesidad de vincular personal externo.
Tras valorar los elementos de prueba, el Juzgado concluyó que no se acreditó daño patrimonial, que no se configuraron los elementos del delito de peculado por apropiación y que no quedó demostrada la omisión de requisitos esenciales en la contratación estatal. Señaló además que los contratos contaban con soporte documental, supervisión y ejecución verificable.
Ante esto, el despacho determinó que la Fiscalía no logró desvirtuar la presunción de inocencia, por lo que absolvió a los tres procesados en el sur del Valle de Aburrá.
También puedes leer: